Servicio social
¿QUÉ ES EL SERVICIO SOCIAL?
Se entiende por servicio social, la práctica con la comunidad, que deben realizar los estudiantes de Educación Básica Secundaria y Media, como aplicación de los conocimientos adquiridos a lo largo del proceso educativo y en procura del desarrollo personal y comunitario.
El servicio social estudiantil es la actividad de carácter temporal, que debe desempeñar el estudiante durante un tiempo fijado en la legislación, cumpliendo con noventa(90) horas como requisito indispensable para obtener el título de Bachiller; es una oportunidad para identificarse con la sociedad por los beneficios, competencias y capacidades obtenidos a través de su formación y educación.
Mediante la resolución 4210 de 1996, el Ministerio de Educación Nacional, reglamentó el Servicio Social Estudiantil, asignándole carácter obligatorio y constituyéndolo como requisito indispensable para alcanzar por el título de Bachiller, con un mínimo de 80 horas, durante los dos años y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 del Decreto 1860 de 1994; en armonía con los artículos 66, 88, 97 de la ley 115 de 1994, posibilitando la vinculación de las estudiantes de décimo y once , al trabajo comunitario, mediante el diseño de proyectos pedagógicos que respondan a las necesidades y expectativas de cada comunidad.
La estudiante llevará a cabo su Servicio Social, no sólo para cumplir un requisito académico, sino para formarse a sí misma y a la comunidad. En la institución se establecieron los siguientes parámetros, para cumplir con los requerimientos antes establecidos:
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La intensidad será de 90 horas.
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La institución define la dependencia o el lugar y el momento en que será cumplido el requisito.
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La estudiante cumple el tiempo señalado en jornadas de hasta cinco horas diarias, durante dos o tres días a la semana, según las necesidades y/o posibilidades de tiempo de la estudiante de manera que sea compatible con sus horarios de media técnica o profundización.
En la realización del Servicio Social deben cumplirse normas de convivencia. Se debe ser portadora de la cultura (CEFA) y vivirla en todo momento a través de:
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El respeto por la autoridad y las compañeras de trabajo.
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La puntualidad.
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La presentación personal según el Manual de Convivencia: aseo, uniforme largo, uñas, accesorios, maquillaje.
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El vocabulario adecuado.
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La honestidad y veracidad en todo momento.
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La prudencia y la confidencialidad
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La solidaridad y eficacia en el cumplimiento de sus funciones.
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La responsabilidad, avisando oportunamente por correo a su tutor@ en caso de no poder asistir y presentar la respectiva excusa.